ARCA redefine el esquema de multas automáticas y reduce los plazos de prescripción
- 23 feb
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dictó las Instrucciones Generales 2/2026 y 3/2026, reglamentando los cambios introducidos por la Ley 27.799 (“Inocencia Fiscal”) en materia sancionatoria y de prescripción.

Las modificaciones no solo actualizan montos, sino que reconfiguran el funcionamiento del sistema de control automático y condicionan el acceso a la prescripción abreviada. A continuación, los puntos más relevantes:
Multa automática por falta de presentación de DDJJ: nuevos montos y procedimiento sistémico
La actualización más visible es el incremento de la multa prevista en el artículo 38 de la Ley 11.683 por falta de presentación de declaraciones juradas determinativas:
$220.000 para personas humanas y sucesiones indivisas.
$440.000 para sociedades y demás entidades.
Los valores anteriores se encontraban prácticamente desactualizados, por lo que el impacto económico ahora resulta significativamente mayor.
El procedimiento para aplicar la multa queda estructurado en tres etapas:
Recordatorio automático
El Sistema de Cuentas Tributarias (SCT) generará un aviso por falta de presentación, notificado al Domicilio Fiscal Electrónico.
Plazo de espera según segmentación
La intimación no es inmediata: ARCA estableció plazos de espera que varían según el segmento asignado al contribuyente:
Segmento 1.2: 20 días
Segmentos 2, 3 y 9: 30 días
Segmentos 4, 5 y 6: 45 días
Segmentos 7.1 a 7.9: 60 días
Segmentos 8.1 a 8.4: 90 días
El Segmento 1.1 queda excluido de este esquema diferenciado.
Registro automático de la multa
Vencido el plazo de espera sin regularización, el sistema registra la multa y habilita la intimación formal vía SCT y SINGER.
La segmentación fiscal adquiere así una relevancia práctica directa en la exposición a sanciones.
Lo destacable es que si el contribuyente presenta la DDJJ omitida y paga la multa dentro de los 15 días de notificado, la sanción se reduce a la mitad y no se genera antecedente sancionatorio.
Este punto es clave desde el punto de vista reputacional y de perfil fiscal.

Cr. Ignacio Alú
Líder de Impuestos en Bolsas y Mercados Argentinos S.A.





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