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Moratoria Impositiva 2024 – Oportunidad para regularizar tus deudas con descuentos de hasta el 70% en intereses

  • Foto del escritor: Deborah Villarroel
    Deborah Villarroel
  • 16 mar
  • 2 Min. de lectura

¿Tenés deuda con AFIP? Quedate que te cuento cómo aprovechar los beneficios que ofrece esta moratoria para regularizar tu situación ante el Fisco Nacional.



Ley 27.743. Ley de Bases en el Congreso
Ley 27.743. Ley de Bases en el Congreso

Ley 27.743 con las Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes


El día de ayer 15 de Julio de 2024 mediante la Resolución General 5525/2024, AFIP reglamentó la tan esperada moratoria impositiva que tuvo origen en el paquete fiscal que acompañó a la Ley de Bases en el Congreso, presentados por el gobierno de Javier Milei a fines del año pasado.


Antes de seguir, ¿Has escuchado de qué trata una moratoria?


Es una medida de alivio fiscal que brinda ciertos beneficios a contribuyentes que poseen deudas, con el fin de que accedan al pago voluntario de las mismas.

En esta oportunidad, AFIP te da la posibilidad de que regularices tus deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social, con reducción de hasta el 70% de intereses resarcitorios y punitorios, quitas del 100% en multas o la posibilidad de realizar planes de pago de hasta 84 cuotas.


¿Qué deudas se pueden incluir?

  • Podrán regularizarse las deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social cuya percepción se encuentre a cargo de AFIP, vencidas al 31/03/2024.


¿Qué deudas NO pueden incluirse?

  • Las que tengan vencimiento posterior al 31/03/2024.

  • Aportes y contribuciones correspondientes a Obra Social.

  • Cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y seguro de vida obligatorio.

  • Aportes y contribuciones para el personal de casas particulares.

  • Tributos y multas de infracciones al artículo 488 del Régimen de Equipaje del Código Aduanero – Ley N° 22.415.

  • Aportes y contribuciones con destino al RENATEA y al RENATRE.

  • Obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del presente régimen de regularización.

El acogimiento podrá formularse a partir del 17 de Julio de 2024 y dentro de los posteriores 150 días, pudiendo ser extendido este plazo.

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